TOLUCA, Edomex., 08 de julio de 2025.– En una sesión extraordinaria, el H. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx) aprobó reformas históricas al Estatuto Universitario. Con mayoría de votos, se modificaron los artículos 100 al 105, marcando una nueva etapa en la elección de la Rectoría.

Estas modificaciones responden a una necesidad de democratización interna, permitiendo que la comunidad universitaria tenga una voz directa en la designación de la persona titular de la Rectoría.

Transforma UAEMéx la forma de elegir a su Rector o Rectora

El proceso constará de varias etapas:

  • Convocatoria pública
  • Inscripción y registro de aspirantes
  • Jornadas de promoción
  • Auscultación cualitativa
  • Etapa cuantitativa mediante el voto de cada sector universitario

Voto informado y debate público, ejes de esta nueva Rectoría

El artículo 104 promueve la transparencia con una auscultación cualitativa en dos fases:

  1. Presentación del plan de trabajo y perfil profesional de cada aspirante, difundido en plataformas digitales
  2. Debate público transmitido por los medios oficiales de la UAEMéx, promoviendo un voto consciente

Este mecanismo busca una Rectoría representativa y cercana a los intereses de toda la comunidad.

Equilibrio en la participación de los sectores universitarios

El nuevo artículo 104 Bis establece la siguiente ponderación del voto:

  • Dos votos del alumnado
  • Un voto del personal académico
  • Un voto del personal administrativo

Asimismo, el artículo 104 Ter crea un Comité Electoral por espacio universitario, que apoyará a la Comisión Especial Electoral, integrado por dos estudiantes por cada representante del personal académico y administrativo.

Inclusión y equidad en la estructura electoral

También se reforma la Comisión Especial Electoral, que ahora estará compuesta por:

  • Una persona del Consejo Universitario (distinta a quien esté en funciones como rector o rectora)
  • Una Secretaría Técnica, ambas electas mediante ternas

¿Empate? El artículo 105 Bis lo resuelve

En caso de empate entre aspirantes, se efectuará un conteo global de votos, sin distinguir sectores. La persona con mayoría absoluta asumirá el cargo. Posteriormente, el rector o rectora en funciones tomará protesta a la persona electa.