SAN MATEO ATENCO, Edomex., 15 de agosto del 2025.- Autoridades del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) emitieron una resolución contra el líder juvenil de Morena en San Mateo Atenco, Arturo López Robles, quien ejerció violencia política en razón de género contra la alcaldesa Ana Muñiz Neyra durante el pasado proceso electoral de 2024.
La sentencia señala que el individuo emitió expresiones misóginas y peyorativas en contra de la entonces candidata de la coalición PRI, PAN y PRD, las cuales constituyeron violencia verbal, simbólica y psicológica, ya que realizó comentarios en los que desestimó su capacidad para encabezar un gobierno, además de invisibilizar sus logros y trayectoria política con enunciados machistas, con lo que vulneró los derechos político-electorales de Muñiz Neyra, quien se encuentra en su segundo mandato como edil de San Mateo Atenco.
Asimismo, el tribunal enfatizó que las actitudes del líder morenista sucedieron en reiteradas ocasiones, por lo que no se trató de un hecho aislado, ya que durante la pasada campaña electoral incurrió en estas prácticas que buscan deslegitimar la capacidad de una mujer para gobernar un municipio, lo que perpetúa el estereotipo de que las mujeres no deben ostentar cargos públicos.
Por su parte, la presidenta municipal compartió en sus redes sociales un comunicado en el que celebró la resolución, ya que resaltó que este caso debe servir como una muestra de que en el Estado de México (Edomex), el derecho de las mujeres para participar en la vida política debe ser respetado y garantizado.
“La violencia simbólica, verbal y psicológica que viví no fue un hecho aislado, sino parte de una estructura que históricamente ha intentado silenciar, minimizar y excluir a las mujeres de los espacios de poder. Hoy, con esta resolución, se reafirma que no hay lugar para la impunidad cuando se vulneran nuestros derechos”, comentó la alcaldesa en un comunicado.
¿Qué sanción recibirá el líder juvenil?
Como parte del resarcimiento de los daños, el hombre tendrá que emitir disculpas públicas a Ana Muñiz mediante un video que deberá difundir en redes sociales durante 30 días. También deberá tomar cursos de sensibilización sobre derechos de las mujeres en instalaciones de la Secretaría de las Mujeres.
De igual forma, tendrá que compartir la resolución de la sentencia en sus cuentas personales de redes sociales durante el mismo periodo de tiempo señalado. Por otra parte, el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) ingresarán al hombre al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género durante cuatro años.
Además, el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) será castigado bajo el concepto de “culpa in vigilando”, ya que el tribunal consideró que el partido político no intercedió para prevenir estas conductas por parte de un militante ante cientos de simpatizantes, a pesar de tener conocimiento de las acciones, comentarios y actitudes en las que vulneró los derechos político-electorales de la alcaldesa Muñiz Neyra.