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CD DE MÉXICO, Edomex., 22 de mayo de 2014.- El Sistema de Transporte Colectivo Metro cesó al operador de la Línea 9, que en estado de ebriedad manejó un convoy.
De acuerdo con el organismo, las pruebas fueron «contundentes» para rescindir la relación laboral con Leopoldo Moreno Cruz, señaló notimex.
«La gravedad de la conducta en que incurrió Moreno Cruz se corroboró con dos pruebas de alcoholemia que se le practicaron con su consentimiento, en las cuales dio positivo», expuso.
«El STC considera indebida la actuación del conductor por la alta responsabilidad de su tarea».
La cancelación de la relación laboral fue con base en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, fracciones VII y XII por una conducta grave.
«El Sistema de Transporte Colectivo (STC) determinó dar por terminada la relación laboral con el conductor Leopoldo Moreno Cruz, derivado de su actuación indebida al operar un tren en estado de ebriedad, la noche del sábado 17 de mayo».
También, indicó que derivado del proceso dará vista a la Contraloría Interna del Organismo para que integre la investigación administrativa.
La ruptura de la relación laboral fue con los documentos de prueba y los testimonios recabados sobre el hecho.
Además de las propias declaraciones del operador que aceptó haber ingerido bebidas alcohólicas.
De acuerdo con el organismo, Moreno Cruz ya fue notificado de la resolución de rescindir la relación laboral.
También, su baja fue fundamentada en el artículo 47, fracciones VII, XIII y XV de la Ley Federal del Trabajo, donde se establece que son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.
Además de concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico.
El organismo informó que luego del proceso con apego a los derechos laborales y garantías de procedimiento del conductor, quien tuvo la oportunidad de presentar los elementos de prueba y alegatos que considerara convenientes en su defensa, pero las pruebas en su contra, incluida su aceptación de que al salir a tomar alimentos dentro del turno que cubría consumió bebidas alcohólicas, constituyen la base para aplicar la sanción.
Los hechos ocurrieron el sábado pasado, cerca de las 21:12 horas, cuando Moreno Cruz no abrió las puertas del convoy en Mixhuca y Velódromo, sino en el túnel entre ambas estaciones.
Después, recibió reclamos de parte de los pasajeros e incluso tuvo que llegar la policía auxiliar Delia Montiel Martínez, que lo llevó al cubículo del Inspector Jefe de Estación.