Detiene Fiscalía a exalcaldesa de Santo Tomás
TOLUCA, Edomex., 20 de noviembre de 2014.- El procurador mexiquense Alejandro Jaime Gómez Sánchez no será cesado de sus funciones por los hechos registrados en la comunidad de San Pedro Limón, del municipio de Tlatlaya el 30 de junio pasado, luego de que en una bodega militares asesinaran a 15 de 22 civiles.
De acuerdo a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), agentes ministeriales mexiquenses encargados de investigar el evento incurrieron en omisión, abuso de autoridad, ataques sexuales a tres mujeres sobrevivientes, actos de tortura e intentaron desviar la investigación para que no se conocieran los delitos que cometieron los militares.
Al respecto, en breve entrevista registrada este jueves, el titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado de México José Manzur Quiroga descartó que el titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) vaya a ser retirado del cargo que le confió el gobernador Eruviel Ávila Villegas y que ratificó el Congreso local.
“Por supuesto queda descartado que renuncie el procurador (Alejandro Gómez Sánchez). Los funcionarios y empleados de la Procuraduría llegaron al lugar de los hechos seis horas después de que había sucedido el evento”, dijo.
El encargado de la política interna en la entidad mexiquense, Manzur Quiroga, sostuvo que la Recomendación emitida por la CNDH va en el sentido de preparar al personal de la Procuraduría para que, de confirmarse que se cometió algún error, éste no se vuelva a repetir, dijo.
“Es una recomendación de que se investigue, no de que sancione, y lo vamos a hacer… Si quiero decir que se van a atender con todo cuidado (recomendaciones). Si hay algún funcionario que haya cometido alguna infracción o algún delito será sancionado”, subrayó.
Es de destacar el punto sexto de la Recomendación 51/2014 que realizó la CNDH al gobernador mexiquense Eruviel Ávila Villegas precisa:
“Se colabore ampliamente con este Organismo Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que este Organismo Nacional formule ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para que se determine la responsabilidad penal que tuvieron los servidores públicos adscritos a la Fiscalía Regional de Tejupilco y la Fiscalía de Asuntos Especiales, especialmente a aquellos que ejecutaron, ordenaron o toleraron las acciones u omisiones descritas en la presente recomendación, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma”.
Aunque la CNDH no acota si la denuncia penal que interpondrá en contra de algunos funcionarios mexiquenses también alcanzará al procurador Gómez Sánchez, sí precisa que el recurso jurídico será dirigido contra aquellos funcionarios de la PGJEM que fueron omisos y tolerantes ante los abusos y asesinatos que se cometieron contra civiles.
Sobre este aspecto, es de destacar que el 17 de julio del presente año el procurador Alejandro Gómez Sánchez sostuvo en conferencia de prensa que “respecto a los hechos ocurridos en Tlatlaya, el Ministerio Público del fuero común inició la investigación correspondiente; practicó las diligencias respectivas y en su momento remitió la carpeta de investigación a la Procuraduría General de la República. En las diligencias prácticas, no se desprende indicio alguno que haga presuponer o que nos haga pensar en la posible ejecución o posible fusilamiento al que se ha hecho referencia en algunos medios de comunicación”, dijo en esa ocasión.
En ese momento Gómez Sánchez también sostuvo que, de acuerdo con la investigación, hay evidencias que permiten sostener que en el lugar donde fueron localizados los cuerpos sí se registró un enfrentamiento entre miembros de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y presuntos delincuentes.
Aseveración del procurador estatal que ratificaba la versión que en su momento ofreció a la población la Sedena, a través de un comunicado, donde se deslindaba de todo tipo de responsabilidad administrativa o penal a los militares.
En esa ocasión, el titular de la Procuraduría Alejandro Gómez también dijo que en la bodega donde se habrían atrincherado los supuestos delincuentes hay registros de impactos de bala que salieron y entraron, situación que descarta las versiones difundidas por algunos medios de comunicación que hacían suponer que en ese lugar no se había registrado un enfrentamiento y sí una ejecución masiva de personas; un fusilamiento protagonizado, aparentemente, por miembros del Ejército.
Este último planteamiento fue confirmado por la CNDH a través de la investigación que realizó y concluyó en la Recomendación 51/2014.
Aquí las ocho recomendaciones que hizo la CNDH al gobernador Eruviel Ávila Villegas
A usted, señor gobernador del Estado de México:
PRIMERA. Se giren instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se proceda a la reparación del daño ocasionado a V23, V24, V25, con motivo de la intimidación que fueron víctimas, que incluya una indemnización respectiva, la atención médica y psicológica necesaria, debiéndose remitir a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.
SEGUNDA. Girar instrucciones a efecto de que el personal ministerial a su cargo realice sus investigaciones a partir de métodos y técnicas científicas y respetuosas de derechos humanos, y de obligar a las personas que están siendo objeto de una investigación de declarar contra su voluntad, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.
TERCERA. Gire instrucciones a quien corresponda, a fin de que se proporcione a los peritos adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México cursos de capacitación en materia de criminalística con el objeto de que, al inspeccionar el lugar de los hechos lo hagan de manera exhaustiva y para que realicen diligencias precisas y detalladas que permitan llegar a la verdad histórica con respecto a los hechos investigados, remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias respectivas.
CUARTA. Se instruya a quien corresponda a fin de que se le imparta al personal ministerial cursos de capacitación relativos a la inspección que deben realizar en el lugar de los hechos, a fin de que se alleguen de todos los elementos necesarios para llevar a cabo una investigación diligente y exhaustiva, remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias respectivas.
QUINTA. Gire instrucciones a quien corresponda a fin de que se le imparta al personal ministerial cursos de capacitación en materia de derechos humanos a fin de que se actúe con apego a los mismos, y realizado lo anterior, remita a esta Comisión Nacional las constancias respectivas.
SEXTA. Se colabore ampliamente con este Organismo Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que este Organismo Nacional formule ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para que se determine la responsabilidad penal que tuvieron los servidores públicos adscritos a la Fiscalía Regional de Tejupilco y la Fiscalía de Asuntos Especiales, especialmente a aquellos que ejecutaron, ordenaron o toleraron las acciones u omisiones descritas en la presente recomendación, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.
SÉPTIMA. Se colabore ampliamente con este organismo nacional, en el trámite de la queja que este organismo presente ante la Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México, para que se determine la responsabilidad administrativa en la que incurrieron los servidores públicos adscritos a la Fiscalía Regional de Tejupilco y la Fiscalía de Asuntos Especiales, especialmente a aquellos que ejecutaron, ordenaron o toleraron las acciones y omisiones incluidas en esta recomendación, debiéndose informar a esta institución sobre el cumplimiento de la misma.
OCTAVA. Se colabore ampliamente con este organismo constitucional autónomo, en el seguimiento e inscripción que se solicite al Registro Nacional de Víctimas, a efecto de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas, y se remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.