Abandonan feto en baños públicos de El Oro
TOLUCA, Edomex., 18 de marzo de 2015.- El coordinador de Atención a Grupos Vulnerables del Estado de México, Israfil Filós Real, confirmó que el cuerpo de un hombre localizado en la calle Morelos de la comunidad Santa Cruz Cuauhtenco del municipio de Zinacantepec, era de un miembro de la comunidad LGBT que se desempeñaba en la calle de Humboldt, sitio donde travestis prestan servicios sexuales a la población del valle de Toluca.
“Por ese tipo actos estamos exigiendo a los diputados del Estado de México, desde hace varios años, que se tipifique el delito como crimen por odio. Consideramos que si los legisladores modifican la ley para que se castigue de manera firme a los que agreden a personas por su preferencia sexual, podrían disminuir los ataques”, sostuvo Filos Real.
Recordó que durante los últimos cinco años se han registrado 71 asesinatos contra homosexuales, lesbianas, travestis y miembros de la comunidad LGBT en el Estado de México, homicidios que deben ser calificados como crímenes de odio.
Además, consideró que si las autoridades mexiquenses crean un marco jurídico similar al que hoy tiene el delito de feminicido, hay posibilidades de que disminuyan las agresiones contra las personas que tiene una preferencia distinta a las de la mayoría.
Respecto a la agresión que le arrebató la vida a su compañero, Israfil Filos acotó que se tienen indicios que ya había recibido amenazas, no obstante las autoridades no habrían hecho nada.
“Vamos a esperar las investigaciones de las autoridades”, subrayó.
La tarde del pasado martes, vecinos de la comunidad referida reportaron a las autoridades municipales la presencia del cuerpo de un masculino que se encontraba al interior de un canal de aguas negras.
El 24 de febrero del 2011, la asociación de Atención a Grupos Vulnerable ingresó a la Legislatura mexiquense una iniciativa de ley para que el Código Penal contemple el delito crímenes de odio.
La propuesta de la asociación en pro de los derechos de la comunidad LGBTT, solicita a los representantes populares adicionar una fracción V al artículo 245 del Código Penal de la entidad, para que diga:
“Cuando el inculpado lo comete por la condición social o económica; vinculación, pertenencia o relación con un grupo social definido; origen étnico o social; la nacionalidad o lugar de origen; el color o cualquier otra característica genética; sexo; lengua; género, religión; edad; opiniones; discapacidad; condiciones de salud; apariencia física; orientación sexual; identidad de género; estado civil; ocupación o actividad de la víctima”.
Filos Real recordó que si los legisladores aceptan su propuesta, los delitos pasarían de simples, es decir con penas de 10 a 15 años de prisión, a ser calificados o equiparados a las sanciones que contempla el delito de privación de la libertad que van de 40 a 70 años de prisión.