
Aprueban 93 Cabildos reforma judicial local
CIUDAD DE MÉXICO., 11 de agosto de 2016.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la separación del cargo de los maestros que reprueben tres veces la evaluación prevista en la Ley General del Servicio Profesional Docente sí corresponde a la Secretaría de Educación Pública y es constitucional.
Según una nota publicada por Milenio, los ministros negaron el amparo a 64 integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) que impugnaron varios artículos de dicha ley, con el argumento de que esa sanción es administrativa y por tanto corresponde aplicarla a la Secretaría de la Función Pública (SFP).
El fallo realizado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea confirmó una sentencia dictada por el primer tribunal colegiado de Circuito en Puebla, en la que se negó el amparo a los maestros que consideraron violatoria de derechos humanos la revocación del puesto para los docentes que reprueben, en tres ocasiones, la evaluación docente.
Seguir leyendo: Milenio