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CIUDAD DE MÉXICO, 21 de marzo de 2017.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma el artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para ampliar la notificación de la declaratoria de alerta de violencia de género y agilizar el plazo para sustanciarse.
De acuerdo al dictamen, se establece que corresponderá al Gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), declarar la alerta de violencia de género y la notificará a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del estado, así como a los ayuntamientos o demarcaciones territoriales de que se trate.
Se señala que el procedimiento para la emisión de la declaratoria de alerta de violencia de género deberá sustanciarse en un máximo de 60 días hábiles, plazo que se cuenta a partir de que sea admitida la solicitud de dicha declaratoria, la elaboración y notificación a las autoridades competentes del informe del grupo de trabajo que contenga las conclusiones y propuestas correspondientes.
Se establece que dentro de los 45 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, el titular del Ejecutivo federal deberá llevar a cabo las reformas que sean necesarias al reglamento de la ley.
Actualmente, el artículo 25 de la ley sólo establece que el Gobierno federal, a través de la Segob, debe emitir y notificar la declaratoria de alerta de violencia de género sólo al Poder Ejecutivo del estado de que se trate.
Este dictamen surge de una iniciativa que presentaron los diputados de Morena, Rocío Nahle García y Renato Josafat Molina Arias, el 12 de octubre de 2016, fue aprobado por unanimidad, con 383 votos y se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.