
Reseñas de Rímel:
-Algunas disposiciones ya existen
Les deseo una productiva semana, amig@s de Quadratín!
Hace unos días el presidente electo de México, Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer los 50 lineamientos que seguirá su gobierno en materia de austeridad y combate a la corrupción.
Los mandamientos del Moisés mexicano reflejan, no obstante, su falta de voluntad política para dar autonomía a las fiscalías, sus graves contradicciones éticas y el pretendido uso faccioso de los recursos y programas sociales federales.
Sus disposiciones rayan en la ilegalidad, son retóricas y demagógicas, supuestamente novedosas, pero ya previstas por las leyes o disposiciones normativas existentes, o resultan ingenuas, pues las conductas que se pretenden prohibir nunca han estado permitidas pero no se cumplen por falta de autonomía de los órganos de control del Poder Ejecutivo.
Además, observamos absoluta falta de voluntad política para dar autonomía a las fiscalías General de la República, Electoral y Anticorrupción, pues sus titulares serán designados por López Obrador, con lo que busca asegurar impunidad a los miembros de su administración que incurran en conductas delictivas.
Los lineamientos plantean que “serán cancelados los Fideicomisos y cualquier otro mecanismo utilizado para ocultar fondos públicos y evadir la legalidad y la transparencia”, pero no hemos olvidado que “los segundos pisos” de la ahora Ciudad de México fueron contratados y construidos por la administración del hoy virtual presidente a través de un fideicomiso creado ex profeso para evitar la debida transparencia de las contrataciones y el cumplimiento de la ley local de obras públicas.
Recientemente, esta forma de actuar poco ética se ha hecho patente con la creación de un fideicomiso de Morena, supuestamente establecido para atender a los damnificados de los sismos del año pasado, pero que según el INE se utilizó para financiar las campañas de sus candidatos, motivo por el que ese partido fue sancionado.
Una tercer cuestión que apreciamos delicada se refiere a la centralización en una sola unidad de coordinación las “oficialías mayores, oficinas de prensa, oficinas de publicaciones, defensorías jurídicas, oficinas de compras, contralorías internas, delegaciones y otras”, pues en el fondo pretende empoderar a algunos miembros de su partido para que mediante el uso faccioso de los recursos y programas federales fortalezcan su posición política en los estados, convirtiéndoles, de facto, en candidatos para las próximas elecciones locales, en una suerte de actos permanentes de campaña.
En Jalisco esta posibilidad toma tintes ridículos, pues se propone para ocupar la coordinación al candidato de Morena que recientemente perdió la gubernatura.
Algunos lineamientos cruzan la línea de la legalidad, como los que disponen:
• “Los trabajadores de confianza laborarán de lunes a sábado y cuando menos ocho horas diarias”, dando marcha atrás a una conquista laboral de casi 50 años al pretender que éstos empleados no gozan de los derechos laborales establecidos en el artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo ni en el artículo 11 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, donde se dispone que las condiciones se extenderán a los trabajadores de confianza.
• La propuesta que plantea: “en las relaciones comerciales o financieras con empresas internacionales se dará preferencia a las originarias de países cuyos gobiernos se caractericen por su honestidad y castiguen de manera consistente las prácticas de sobornos o de corrupción” parece desconocer la existencia de los múltiples tratados de libre comercio suscritos por México, donde se regulan los procedimientos de contrataciones públicas, y las leyes de adquisiciones, obras públicas y asociaciones público privadas mexicanas.
• El lineamiento “se revisarán los contratos suscritos con empresas nacionales o extranjeras que hayan sido otorgados mediante el influyentismo o la corrupción” desconoce que ésta atribución corresponde a la Cámara de Diputados, a través de la Auditoría Superior de la Federación, de conformidad con el artículo 79 constitucional.
• Desde hace décadas está previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y actualmente en el artículo 36 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas el mandamiento: “todo funcionario deberá presentar su declaración de bienes patrimoniales y de sus familiares cercanos”.
• “Los funcionarios públicos tendrán prohibida la contratación de familiares”, es una disposición contemplada, también desde hace varias décadas, por la legislación en materia de Responsabilidades Administrativas.
• “No se podrá asistir al trabajo en estado de ebriedad ni ingerir bebidas alcohólicas en las oficinas públicas” tiene una prohibición de casi 50 años en el artículo 47, Fracción XIII, de la Ley Federal del Trabajo, la supletoria de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, y en los diversos reglamentos del personal de confianza.
• “Ningún funcionario público podrá recibir regalos cuyo valor exceda los 5,000 pesos”, supera el límite establecido de 10 salarios mínimos (actualmente 883.6 pesos); el artículo 78, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, además prohíbe recibir regalos de cualquier valor.
• Desde hace varios años los artículos 17 y 26 Ter de las Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ya prevén que “las compras del gobierno se harán de forma consolidada, mediante convocatoria con observación ciudadana”.
• “Los contratos de obras públicas del gobierno se llevarán a cabo mediante licitación pública, con la participación de ciudadanos” está previsto desde hace varios años por los artículos 27 y 27 Bis de la Ley de Obras Públicas y Servicios.
En general, se aprecia un grave desconocimiento de la legislación y normatividad administrativa. La única novedad es la participación de observadores y la oficina de transparencia de la ONU en las licitaciones, pero falta esperar que éstas instancias acepten, pues como ya ocurrió con el caso del Papa, es probable que declinen la invitación porque carecen de personal e instancias para las actividades pretendidas.
Además, aparecen algunas prescripciones en materia de austeridad reguladas desde hace más de una década en los lineamientos del gasto operativo, como la prohibición para adquirir vehículos nuevos para funcionarios o sistemas de cómputo en el primer año de gobierno, viajar al extranjero sin autorización del secretario de la dependencia; y la obligación de limitar los viáticos, eliminar gastos innecesarios de oficinas, ahorrar en electricidad, agua, telefonía fija, telefonía móvil, internet, gasolinas y otros insumos pagados por el erario.
En la actualidad, ya casi no se compran equipos de cómputo, se arriendan por resultar más costeable, pues los contratos incluyen el mantenimiento del equipo y la actualización del software, incluyendo antivirus y firewall.
También ubicamos instrucciones ingenuas porque dichas conductas nunca han estado permitidas a los servidores públicos, como la utilización de vehículos oficiales y otros bienes públicos para asuntos particulares, el uso de trabajadores al servicio del Estado para actividades en domicilios particulares, cierre de calles, compras innecesarias, o el espionaje e intervención telefónica para afectar el derecho a la privacidad de las personas.
Otros lineamientos plantean cuidar los bienes de las oficinas a disposición de servidores públicos para proteger el patrimonio colectivo, tratar con amabilidad a los ciudadanos en las oficinas y en cualquier lugar donde se identifique a los servidores públicos, pero éstas conductas ya están reguladas y son contrarias a la normatividad existente en la administración pública federal y local desde hace décadas.
En estos casos, lo que ha ocurrido es que, a pesar de que algunos mandos superiores y medios suelen incurrir en excesos, en franca violación de diversas disposiciones legales, no ha habido consecuencias, pues las contralorías internas han sido omisas y cómplices, dado el peso político de algunos servidores públicos y la falta de autonomía que, de facto, existe entre dicha instancia de control respecto del Poder Ejecutivo.