
Defiende PAN la desaparición del Infoem
TOLUCA, Edomex., 20 de junio de 2025.- La mínima intervención será el principio rector en los procesos judiciales en los que participen niñas, niños y adolescentes del Estado de México, tras la aprobación de una importante reforma legal por parte de la Comisión de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños, Adolescentes y la Primera Infancia de la LXII Legislatura local.
Esta medida, impulsada por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y el legislador Pablo Fernández de Cevallos González, ambos del PAN, propone reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, con el objetivo de reducir al mínimo indispensable la participación de menores en procesos judiciales, y así evitar su revictimización.
El dictamen aprobado establece que cuando menores de edad deban intervenir como víctimas o testigos en procedimientos legales, se hará bajo el principio de mínima intervención, es decir, garantizando que se les convoque el menor número de veces posible y siempre en horarios que no interfieran con sus actividades escolares.
Además, se priorizará su protección emocional, evitando que deban revivir situaciones traumáticas o dolorosas frente a personas extrañas y en espacios judiciales hostiles. Las audiencias deberán adaptarse a la edad, madurez y contexto particular del menor involucrado.
Durante la sesión legislativa, la diputada Romero Velázquez detalló que esta iniciativa busca cerrar la brecha entre el reconocimiento formal de los derechos de la infancia y su aplicación real. Actualmente, dijo, niñas, niños y adolescentes que participan en juicios como víctimas o testigos enfrentan entornos fríos, poco empáticos y sin acompañamiento emocional adecuado.
“El objetivo es claro: no se trata solo de escucharlos, sino de hacerlo de manera cuidadosa, respetuosa y sin causar nuevas heridas”, afirmó la legisladora.
Por su parte, la diputada Araceli Casasola Salazar (PRD) dio lectura al decreto que también contempla la obligación de las personas juzgadoras de aplicar el principio de mayor beneficio, es decir, que toda decisión tomada en estos casos debe buscar el bienestar integral del menor, considerando su contexto y el impacto emocional del delito sufrido.
La reforma, además, exige a jueces y operadores jurídicos tomar medidas efectivas para prevenir la revictimización, desde el lenguaje que utilizan hasta el ambiente en el que se desarrollan las declaraciones de los menores.
Con esta reforma, el Estado de México se posiciona como referente nacional en el respeto a los derechos de la infancia, al priorizar su integridad emocional durante procesos judiciales. La incorporación del principio de mínima intervención en la ley no solo protege, sino también humaniza la justicia para las nuevas generaciones.