Asume chihuahuense Claudia Espino la Secretaría Ejecutiva del INE
TOLUCA, Edomex, 12 de febrero de 2015.- En Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó el número de miembros que habrán de integrar los Ayuntamientos de la entidad para el periodo constitucional del 1 de enero del año 2016 al 31 de diciembre del año 2018, además de determinar los topes de gastos de precampaña y campaña para el Proceso Electoral 2014-2015, mediante el cual la ciudadanía mexiquense elegirá Diputados a la Legislatura Local y miembros de los 125 Ayuntamientos.
Con la finalidad de que los partidos políticos y los aspirantes a candidatos independientes que pretendan ser registrados como candidatos para la elección de Ayuntamientos, tengan la posibilidad de integrar adecuadamente su planillas, el Órgano Superior de Dirección del IEEM, con una modificación propuesta por la Consejera Electoral, Palmira Tapia Palacios, aprobó el número de miembros que habrán de integrar los Ayuntamientos de la entidad, de acuerdo con los cuatro rangos establecidos en la normatividad electoral y con base al Censo de Población y Vivienda 2010 efectuado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), así como considerando la controversia Constitucional 41/2011 emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que los resultados del Censo se modificaron para los municipios de Tultepec, Nextlapan y Tultitlán.
De esta forma, 103 Ayuntamientos del Estado de México estarán integrados por un Presidente Municipal, un Síndico y 6 Regidores electos por el principio de mayoría relativa y hasta 4 Regidores asignados por el principio de representación proporcional, al contar con una población de hasta 150 mil habitantes. Asimismo, por tener una población de más de 150 mil y hasta 500 mil habitantes, 15 Ayuntamientos de la entidad tendrán un Presidente Municipal, un Síndico y 7 Regidores electos por mayoría relativa, y hasta 6 Regidores asignados por el principio de representación proporcional.
Por otra parte, al contar con una población de más de 500 mil y hasta un millón de habitantes, 5 Ayuntamientos estarán conformados por un Presidente Municipal, 2 Síndicos y 9 Regidos electos por el principio de mayoría relativa, y 1 Síndico y hasta 7 Regidores asignados por el principio de representación proporcional; en tanto, por tener una población de más de 1 millón de habitantes, 2 Ayuntamientos tendrán un Presidente Municipal, 2 Síndicos y 11 Regidores electos por el principio de mayoría relativa, y 1 Síndico y hasta 8 Regidores asignados por el principio de representación proporcional.
Por otra parte, con base en la fórmula establecida por la normatividad electoral, el Consejo General del IEEM aprobó el tope de gastos de precampaña y campaña para el Proceso Electoral 2014-2015, por lo que en cada caso, 45 corresponden a la elección de Diputados a la LIX Legislatura Local y 125 a la elección de Ayuntamientos, mismos que deberán ser cumplidos por partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes que participen en estas elecciones.