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TOLUCA, Edomex, 8 de enero de 2014.- Para este año un total de 170 corporaciones de seguridad privada han sido supervisadas y avaladas por la Secretaria de Seguridad Ciudadana (SSC) del Gobierno del Estado de México (GEM), para ofrecer servicios de protección, custodia, salvaguarda y defensa de la vida e integridad corporal de particulares, bienes muebles e inmuebles, traslado de valores, seguridad de la información de bases datos, entre otros.
Aunque no hay un referente oficial o medio para poder asegurar que los elementos adscritos a dichas empresas de seguridad privada, ya autorizadas, pasaron satisfactoriamente algún control o examen de control de confianza, las 170 empresas con indeterminado número de policías ya operan de manera oficial en los 125 municipios de la entidad.
Es de destacar que tampoco se puede determinar con certeza, qué porcentaje del total, representan las empresas ya autorizadas, y cuántas operan al margen de la norma, es decir sin haber sido avaladas por la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) que hace las veces de organismo estatal regulador de sus pares privadas.
Otro indicador que no se puede detectar públicamente en el esquema de regulación que hace el Gobierno del Estado de México hacia las corporaciones de seguridad privada, está relacionado con la eficiencia en la prestación de sus servicios o incluso si hay alguna denuncia o queja en su contra, pues aunque existe un mecanismo de rendición de cuentas mensual, los resultados-reportes no son públicos.
Datos de la Secretaria de Seguridad Ciudadana (SSC) con corte al mes de enero de 2014, establecen que 170 empresas de seguridad privada, cumplieron con la normatividad, aunque no precisan si sus elementos ya fueron sometidos a los exámenes de control de confianza como lo establece el Artículo 51 de la Ley de Seguridad Privada estatal.
“La Secretaría, establecerá como una obligación de los prestadores de servicio, para que su personal sea sometido a procedimientos de evaluación y control de confianza conforme a la normatividad aplicable y en los términos que establezca el Reglamento de la presente Ley”, precisa el Artículo 51 de La Ley de Seguridad Privada vigente en la entidad.
Cabe señalar que la Ley estatal en la materia, contempla seis modalidades de seguridad privada: protección, custodia, salvaguarda, defensa de la vida y de la integridad corporal de personas; cuidado y protección de bienes muebles e inmuebles; traslado de bienes o valores que consiste en la prestación de servicios de custodia, vigilancia, cuidado y protección.
Así como, seguridad de la información, la cual está relacionada con la preservación, integridad y disponibilidad de la información del prestatario, a través de sistemas de administración de seguridad, de bases de datos, redes locales, corporativas y globales, sistemas de cómputo, transacciones electrónicas, así como respaldo y recuperación de dicha información, sea ésta documental, electrónica o multimedia, entre otros.
Asimismo es de destacar que el monto establecido por el GEM para que una empresa realice trámites de validación de servicio, son muy bajos ya que hasta 2013 ascendían a mil 647 pesos.
Entre algunos de los requisitos que el prestador del servicio de seguridad privada deberá acreditar ante la autoridad, está el contar con los medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales que les permitan llevar a cabo la prestación del servicio.