Lanza gobierno de Edomex cruzada contra el crimen
TOLUCA, Edomex., 26 de agosto de 2014.- Con el fin de que las atribuciones del titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) del Estado de México sean más amplias y específicas en cuanto al establecimiento de programas permanentes a bordo del transporte público y en paraderos, a efecto de inhibir y prevenir delitos en contra de los usuarios y autotransportistas, el diputado Enrique Mendoza Velázquez (PRI) presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Seguridad del Estado de México, turnada a comisiones por la Diputación Permanente.
En sesión de este órgano parlamentario presidido por el diputado Armando Portuguez Fuentes (PRD), el legislador Héctor Hernández Silva (PRI) leyó el documento, que plantea adicionar un segundo párrafo a la fracción XXVII del apartado A del artículo 16 del citado ordenamiento, toda vez que considera imperativo “proveer de los elementos jurídicos necesarios a las autoridades competentes para que ejecuten acciones eficaces con objeto de enfrentar y abatir conductas delictivas”. Fue turnada a las comisiones de Seguridad Pública y Tránsito y de Comunicaciones y Transportes para su análisis.
GARANTIZAR CONTINUIDAD DE PROYECTOS DE BENEFICIO SOCIAL EN MUNICIPIOS
“Cuando se trate de proyectos de creación de infraestructura y beneficio social, los presidentes municipales deberán continuar, concluir y conservar aquellos iniciados por administraciones anteriores, salvo decisión en contrario del ayuntamiento”, es el objetivo de la iniciativa de reforma a la fracción 11 del artículo 128 de la Constitución y la fracción 11 del artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal, ambas del Estado de México, presentada por el diputado Everardo Pedro Vargas Reyes (PRI).
El documento, expuesto por el diputado Luis Enrique Martínez Ventura (PRI) destaca que los sistemas jurídicos donde impera el gobierno republicano, caracterizado por el relevo de las autoridades, algunos proyectos que se generan son desdeñados o incluso abandonados por las administraciones posteriores.
“Esto produce un efecto de reinvención crónica del municipio, ya que se dejan de lado planes, programas y proyectos para lanzar otros nuevos, lo que se traduce en los hechos en una omisión del cumplimiento cabal de la función ejecutiva”, resalta la iniciativa turnada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como de Legislación y Administración Municipal.
MÁXIMA PUBLICIDAD EN INFORMES DE CUENTAS PÚBLICAS
Garantizar el cumplimiento del principio de máxima publicidad del informe de resultados de las cuentas públicas estatal y municipales, es el objetivo de la iniciativa del diputado Luis Marrón Agustín (PAN) por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México.
Enviada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, que preside el diputado proponente, destaca que se busca evitar el escaso análisis de los informes.
Entre otros objetivos, el documento leído por el diputado Francisco Rodríguez Posada (PAN) establece crear un protocolo de entrega del informe de resultados, que garantice su carácter público y el inmediato análisis por parte de la Comisión Legislativa correspondiente; garantizar la utilización de medios electrónicos para publicitar de manera inmediata el informe de resultados, así como el seguimiento eficiente de las diferentes etapas por las que atraviesa el informe de resultados, y transparencia de los procesos.
PROPONEN MODIFICACIONES A LA ACCIÓN CIVIL REIVINDICATORIA
Con el objetivo de que la acción reivindicatoria pueda ser ejercida por todos los copropietarios del bien común, una parte de ellos o uno solo, siempre y cuando el juzgador llame a todos los copropietarios a juicio ante la existencia de un litisconsorcio activo necesario, el diputado Erick Pacheco Reyes (PAN) presentó la iniciativa de reforma el artículo 2.12 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.
La propuesta, leída por el diputado Norberto Morales Poblete (PT) y turnada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como de Procuración y Administración de Justicia, resalta que la acción reivindicatoria puede ser ejercitada por todos los copropietarios, una parte de ellos, o uno solo, porque es principio elemental del régimen de comunidad que el dominio de cada uno de los interesados sea en todo.
Por lo tanto, se debe precisar que resulta inexacto sostener que un solo copropietario esté impedido para ejercer la acción reivindicatoria, por ser necesaria la concurrencia de todos los copropietarios, o bien, afirmar que carece de legitimación activa, en virtud de que se actualiza la figura de litisconsorcio activo necesario.
ATIENDEN EJECUTORIA DE LA SCJN SOBRE CONVENIO LIMÍTROFE
A fin de cumplir la ejecutoria emitida por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Diputación Permanente de la LVII Legislatura remitió a la Comisión de Límites Territoriales del Estado de México y sus Municipios el decreto 352 por el que se aprueba el convenio amistoso de límites territoriales entre Nextlalpan y Zumpango.