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TOLUCA, Edomex., 13 de agosto de 2014.- Por la falta de atención médica en el Hospital General de Texcoco, que derivó en la muerte de un bebé en el vientre materno, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la Recomendación 13/2014 a la Secretaría de Salud estatal.
De acuerdo con el expediente CODHEM/CHA/TEXC/95/2012, la Comisión determinó que hubo violaciones al derecho a la salud, en agravio de una mujer y el bebé que gestaba.
Los hechos ocurrieron el 19 de noviembre de 2012, cuando una joven de 19 años de edad, con 42 semanas de gestación y que presentaba dolores obstétricos, llegó al área de Urgencias del Hospital General Texcoco “Guadalupe Victoria Bicentenario” para solicitar el servicio; sin embargo, a pesar de que fue calificada como código rojo en el área de selección y canalización de pacientes y ameritaba una atención prioritaria, el médico general Juan Altamirano Montes, solicitó a la agraviada regresar a su domicilio, a pesar de los riesgos que ello implicaba.
Un par de días después, la mujer solicitó atención médica en el Hospital de enfermos crónicos “Dr. Gustavo Baz Prada”, anexo al Materno Infantil Tepexpan, donde fue atendida por el médico gineco-obstetra Raúl Rodrigo Gress, quien determinó la ausencia de frecuencia cardiaca fetal, diagnosticando muerte fetal en útero, por lo que pidió a la paciente se trasladara al Hospital General de Texcoco “Guadalupe Victoria Bicentenario”, para su atención.
El peritaje técnico-médico expedido por la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México determinó que la actuación del galeno Juan Altamirano Montes fue negligente, al desestimar un embarazo prolongado con tensión arterial elevada, así como no ingresar a la paciente a hospitalización para mantenerla en observación y asegurarse de la naturaleza de la complicación.
En el documento recomendatorio se indicó que los cuidados perinatales no pueden ser tomados a la ligera, porque son un indicador de la idoneidad de las estrategias de salud, y su trascendencia incide en la aplicabilidad de políticas públicas, por lo que cualquier riesgo es prevenible, y toda omisión es evitable, pues el profesional de salud cuenta con guías y protocolos médicos que rigen su actuación.
Además, la Comisión dio cuenta de la reiterada negativa de atención perinatal en los hospitales públicos del Instituto de Salud mexiquense, bajo el pretexto de la carencia de medios tecnológicos y personal de apoyo, lo cual debe subsanarse para privilegiar el derecho a la salud en áreas vitales como la gineco-obstétrica, que debe contar con personal médico en todo momento.
Por esos hechos, el Órgano interno de control determinó suspender durante 90 días al médico que negó la atención ginecológica a la agraviada.
Asimismo, la CODHEM recomendó a la Secretaría de Salud, adecuar la plantilla del personal del Hospital General de Texcoco para que exista atención las 24 horas del día, principalmente en las áreas de gineco-obstetricia, además de impartir cursos de capacitación, formación y actualización en materia de derechos humanos, tanto a los servidores públicos de dicho nosocomio, como del hospital para enfermos crónicos Tepexpan.
Cabe señalar que de acuerdo con la reciente reforma a la Ley de la Comisión de Derechos del Estado de México, toda Recomendación emitida por este Organismo debe hacerse pública de manera inmediata, aun cuando todavía no sea aceptada por la autoridad señalada