Despliegan Jornadas por la Paz en 32 municipios de Edomex con patrullajes
TOLUCA, Edomex., 28 de enero de 2014.- Es urgente que los diputados del Estado de México establezcan en el Código Penal local, el delito de “homicidio por odio”, que tiene vertientes, entre otras, la homofobia; ya que de esa manera hay posibilidades de que distintas dependencias y autoridades de los tres niveles de gobierno, implementen las medidas necesarias para tratar de evitar que se registren más asesinatos, pero sobre todo para capturar a los responsables.
Israfil Filos Real, representante de Atención a Grupos Vulnerables, asociación civil que opera en el Estado de México, reconoció que el deceso de un miembro de la comunidad Lésbico Gay, Bisexual, Transexual y Transgénero (LGBTT), registrado este fin de semana en las inmediaciones del municipio de Nezahualcóyotl, se suma a los 2.5 asesinatos por odio que se presentan, en promedio, cada mes en distintos puntos de la entidad mexiquense.
“Hacemos un llamado a los 75 diputados locales, para que de una vez por todas incluyan en el Código Penal del Estado de México el delito de homicidio por odio, que estaría relacionado con la homofobia y otras situaciones (religión, color de piel, entre otros). Se siguen registrando casos por esta circunstancia y son catalogados como un homicidio pasional más, y no es así. Tenemos evidencias que cada mes se registran 2.5 homicidios con el componente de odio a una preferencia sexual distinta al de la mayoría y por otras circunstancias”, comentó.
El 24 de febrero del 2011 la asociación de Atención a Grupos Vulnerable ingresó a la Legislatura mexiquense, una iniciativa de ley para que el Código Penal contemple el delito “crímenes de odio”.
La propuesta de la asociación en pro de los derechos de la comunidad LGBTT, solicita a los representantes populares se adicione una fracción 5 al artículo 245 del Código Penal de la entidad, para que diga:
“Cuando el inculpado lo comete por la condición social o económica; vinculación, pertenencia o relación con un grupo social definido; origen étnico o social; la nacionalidad o lugar de origen; el color o cualquier otra característica genética; sexo; lengua; género, religión; edad; opiniones; discapacidad; condiciones de salud; apariencia física; orientación sexual; identidad de género; estado civil; ocupación o actividad de la víctima”.
Filos Real recordó que si los legisladores aceptan su propuesta, los delitos pasarían de simples, es decir, con penas de 10 a 15 años de prisión, a ser calificados o equiparados a las sanciones que contempla el delito de privación de la libertad, que van de 40 a 70 años de prisión.