Ayuntamiento de Metepec paga daños a vehículos que caen en baches
TOLUCA, Edomex., 6 de enero de 2014.- Los titulares de las 125 áreas de la Comisión de Derechos Humanos que hay en igual número de municipios mexiquenses, tienen como principal tarea abanderar a los ciudadanos, y atender todas y cada una de las quejas interpuestas contra sus compañeros-funcionarios del ayuntamiento.
De acuerdo a la normatividad de dicha figura que abandera a los ciudadanos a nivel local, los llamados ombudsman mexiquenses están obligados a conducirse con independencia a la máxima autoridad municipal, ya que su actuar no está supeditado a los intereses del alcalde en turno.
La figura de “ombudsman municipal”, pese a depender administrativamente del ayuntamiento, tiene independencia en la toma de decisiones y su objetivo no sólo es tramitar cualquier tipo de queja o inquietud que tenga el ciudadano sobre el tema de derechos humanos, sino también brindarle información.
Por normatividad estatal, cada uno de los Ayuntamientos tiene una oficina donde pueden acudir los vecinos-ciudadanos para interponer una queja o tener acceso a información relacionada con la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem).
Con el objetivo de que los actuales titulares de las áreas de Derechos Humanos que hay en los 125 municipios mexiquenses, puedan tener una actuación independiente y un verdadero desempeño a favor de los ciudadanos, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), a finales del 2009, impulsó modificaciones a la ley estatal y municipal para que el “ombudsman local” tenga autonomía.
«Resulta trascendental el trabajo que realizan los coordinadores municipales de derechos humanos porque ellos legitiman los actos de la autoridad, haciéndole notar al municipio cuando sus servidores públicos se desvían de la ley, en casos de tortura, lesiones, robo, corrupción e incluso asesinatos», fue uno de los argumentos empleados en su momento para impulsar la ley.
“Tienen como objetivo lograr que estos ciudadanos -ombudsman municipal- que velan por las garantías fundamentales en los municipios, tengan mayor autonomía, mejores percepciones, un sistema de elección y separación del cargo más transparente, y se logre el cambio de denominación de coordinadores municipales, a defensores municipales de los derechos humanos”, precisa uno de los documentos que dio sustento a la figura de Ombudsman Municipal emitido por la Codhem.