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MORELIA, Mich., 28 de diciembre de 2014.- La Secretaría de Gobernación alista la promulgación del primer programa de regularización migratoria para extranjeros indocumentados en la Administración de Enrique Peña Nieto, informa este domingo el periódico Reforma.
La dependencia hizo público en su página de internet el anteproyecto del Programa Temporal de Regularización Migratoria, que pretende beneficiar a los migrantes indocumentados en México que hayan llegado al País antes del 9 de noviembre de 2012 y que tengan intenciones de quedarse.
El documento precisa que el programa de regularización entrará en vigor el 2 de enero de 2015 y concluirá el 31 de diciembre de 2015.
Indica que no serán elegibles los extranjeros que tengan un trámite migratorio pendiente de resolución; quienes se encuentren sujetos a un procedimiento de deportación o de retorno asistido, así como quienes hayan proporcionado información falsa o documentación fraudulenta ante el Instituto Nacional de Migración.
Asimismo, de este programa se propone excluir a quienes hayan sido deportados; estén sujetos a un proceso penal; hayan sido condenado por delito grave o comprometan la seguridad nacional o la seguridad pública por sus antecedentes.
Indica que el extranjero podrá comprobar su tiempo de residencia en el País mostrando documentos como boletos de avión o de autobús que acrediten su internación; pasaporte con sello de ingreso; documento migratorio, en caso de que haya tenido una estancia regular en México, así como recibos de luz, agua, teléfono, internet, televisión por cable, gas o cualquier otro servicio.
Se podrán presentar expedientes clínicos, constancias de estudios o contrato de arrendamiento o cualquier documento emitido por institución pública que acredite que la persona extranjera solicitante ha residido en México, o bien, un escrito bajo protesta de decir verdad suscrito por dos personas que manifiesten conocer a la persona extranjera y hagan constar que ésta ha residido en el país.
Detalla que en caso de resolución positiva, la autoridad migratoria otorgará la condición de estancia de residente temporal por cuatro años, con la cual el migrante podrá solicitar permiso para trabajar en el país y el derecho a la preservación de la unidad familiar.
En caso de que la resolución sea negativa, señala, la autoridad migratoria deberá fundar y motivar las causas de la misma y otorgará un plazo de 30 días hábiles para que la persona extranjera salga del territorio nacional.
No obstante, la persona extranjera tendrá derecho de interponer un recurso de revisión dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente en que haya surtido efectos la notificación.