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TOLUCA, Edomex., 16 de enero de 2014.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió una recomendación al Ayuntamiento de Atlacomulco, debido a la vulneración del derecho a la legalidad y seguridad jurídica de un menor con discapacidad, quien fue asegurado mediante uso desmedido de la fuerza, por elementos de la policía municipal.
La Defensoría de Habitantes informó que la Recomendación 21/2013, se derivó de los hechos ocurridos el 16 de junio de 2012, cuando el menor con discapacidad, que se encontraba en la vía pública fue abordado por el policía municipal Jacinto Jiménez Díaz, quien lo detuvo bajo la presunción de que presentaba aliento alcohólico y trasladó a la cárcel municipal, donde fue ingresado de inmediato a una galera por el policía, José Manuel Cortés Mondragón.
Al desconocer la condición de discapacidad y ante la falta de un médico que diera fe del estado físico del menor, el elemento Jacinto Jiménez Díaz lo puso a disposición del Oficial Calificador del Ayuntamiento.
En el documento se refiere que el Oficial Calificador no fue enterado de los hechos, ya que éstos ocurrieron durante su día de descanso, por lo que los policías decidieron enviar al menor a la Preceptoría Juvenil de Reintegración Social por supuestas infracciones al Bando Municipal.
Debido a lo anterior, la CODHEM inició el expediente de queja CODHEM/ATLA/155/2012 con el propósito de investigar lo ocurrido. Luego de la valoración de los informes, pruebas aportadas y demás evidencias, la Defensoría de Habitantes determinó que efectivamente existieron elementos que comprobaron la violación de los derechos humanos del menor de edad.
Ante esta situación el Ombudsman mexiquense recomendó al Presidente Municipal de Atlacomulco, solicitar por escrito al titular de la Contraloría Interna de esa localidad que una copia certificada de la recomendación, se agregue al expediente ATL/CIM/03/2013, a fin de tomar en cuenta las resoluciones del Organismo defensor en el proceso para determinar las sanciones correspondientes a los servidores públicos involucrados.
De igual manera, se requirió de manera inmediata instruir al personal de la Oficialía Calificadora, así como al de la Dirección de Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos del municipio, se abstengan de ordenar el ingreso a un área de confinamiento a las personas que sean aseguradas, mientras no se reúnan los requisitos que marca la ley.
También se pidió a las autoridades municipales poner en marcha las acciones administrativas necesarias, a efecto de que la Oficialía Calificadora de Atlacomulco cuente con personal médico para la valoración del estado psicofísico de las personas que sean presentadas; además de que amplíe sus turnos de servicio, con un horario de atención de 24 horas, incluyendo sábados, domingos y días festivos.
Otro punto que refiere la recomendación, tiene que ver con la modificación al Bando Municipal de Atlacomulco, para que se precise que las infracciones o faltas administrativas tratándose de menores de edad, serán calificadas y resueltas por el titular de la Oficialía Calificadora.
El Ombudsman exhortó a la autoridad municipal impartir cursos de capacitación y actualización en materia de derechos humanos y del marco jurídico que rige la actuación de los servidores públicos adscritos tanto a la Oficialía Calificadora, como a la Dirección de Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos, para que adopten como regla invariable de conducta, el respeto a la dignidad humana.