Deleitará gastronomía mexicana a París durante Día de Muertos
De acuerdo con un comunicado, de esta manera se reformarán los artículos 14, 18, 19, 22 -fracción 14- y 29 -fracción 15-. Además adiciona la fracción 7 al artículo 10 y 19-A.
En ellos se abordan temas como los requisitos para obtener la licencia de funcionamiento en este rubro económico, la designación de beneficiarios que no sean titulares de licencias, las condiciones para solicitar y obtener el cambio de domicilio para el funcionamiento de las mismas, así como para autorizar la cesión o transferencia de los derechos sobre esas licencias, además de atender el supuesto derivado del fallecimiento de su titular.