Operativos en Quintana Roo dejan 11 detenidos y decomisos
TOLUCA, Edomex., 18 de junio de 2014.- Habrá sanciones penales y administrativas contra aquellos operadores de unidades del servicio público de pasajeros en sus diferentes modalidades como taxi o colectivo, que estén operando sin la cromática (carrocería pintada de taxi o colectivo, según sea el caso) previamente autorizada; así como contra aquellos que tengan un vehículo con apariencia de pertenecer al servicio público de pasajeros y no cuente con una concesión.
La propuesta avalada durante los trabajos de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales que preside el priista Apolinar Escobedo Ildefonso y de Procuración y Administración de Justicia encabezada por el panista Alonso Adrián Juárez Jiménez, fue presentada por el gobernador Eruviel Ávila Villegas.
“Establece disposiciones para que los particulares y empresas concesionarias cumplan cabalmente con la cromática impuesta y evitar que la misma sea usada de manera ilegal y utilizada por vehículos no concesionados, sobre todo en servicio de transporte rosa”, se precisa en uno de los apartados.
Las modificaciones propuestas en la iniciativa de decreto impulsada por el titular del Poder Ejecutivo, reforma los artículos 7.35 fracción VIII y 7.84 fracción I del Código Administrativo del Estado de México y 148 del Código Penal mexiquense.
Sobre este último, es de destacar que actualmente en el Capitulo XVIII “prestación ilícita del servicio público de pasajeros” del referido Artículo (148) se indica:
“A quien preste el servicio público de transporte de pasajeros sin concesión, permiso o autorización correspondiente, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa y suspención por un año del derecho de manejar, en caso de reincidencia privación definitiva del derecho de manejar”.
“Si en este delito tuviere intervención cualquier integrante del consejo de administración, socio o representante legal de una empresa concesionaria o permisionaria del servicio público de transporte y se cometiere bajo el amparo de aquella, la pena aplicable se aumentará de una a dos terceras partes de las que le correspondan por el delito cometido y se le impondrá además la suspensión y privación de derechos para prestar el servicio público que se haya otorgado”, precisa el Código Penal.
Se prevé que durante la sesión del pleno del Congreso estatal, que se verificará este jueves, sean aprobadas las modificaciones al marco legal que regula al sector del transporte público de la entidad.