Autorizan prisión preventiva en departamento a Juan Carlos Minero
TOLUCA, Edomex., 11 de noviembre 2025.- Una resolución emitida por una jueza federal con sede en el Estado de México (EMX) permitió que Juan Carlos Minero Alonso, director de la firma financiera Black Wallstreet Capital, cumpla la prisión preventiva impuesta en su contra dentro de un inmueble ubicado en la colonia Lomas de Chapultepec, en la Ciudad de México, en lugar del penal federal del Altiplano, donde permanecía recluido.
La determinación fue adoptada por la jueza Guillermina Matías Garduño, quien resolvió modificar el lugar de cumplimiento de la medida cautelar relacionada con delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, dentro del juicio de amparo 667/2025. En su resolución, la juzgadora precisó que la prisión preventiva sigue vigente, pero con ejecución en un domicilio particular.
El empresario, de 35 años, de nacionalidad cubano-mexicana, presentó una garantía económica de 20 millones de pesos y porta un dispositivo de localización electrónica. Desde mediados de octubre, se encuentra bajo resguardo en un departamento del edificio ubicado en la calle Sierra Guadarrama número 30, con vigilancia permanente de elementos federales.
Quién es Juan Carlos Minero y por qué enfrenta proceso penal
Minero Alonso es director y socio principal de la empresa financiera Black Wallstreet Capital, firma señalada en investigaciones por presunto lavado de dinero vinculado con redes de narcotráfico internacional. En 2023, autoridades federales realizaron un cateo en sus oficinas de la Ciudad de México, donde se aseguraron recursos presuntamente de procedencia ilícita.
En mayo de 2025 fue detenido por la Fiscalía General de la República y trasladado al penal del Altiplano, donde un juez federal lo vinculó a proceso bajo la causa 341/2024. Posteriormente, su defensa promovió un juicio de amparo ante tribunales del Estado de México, del cual derivó el cambio del lugar de cumplimiento de la medida cautelar.
Especialistas en derecho penal han recordado que, conforme al artículo 18 constitucional, la prisión preventiva en casos de delincuencia organizada debe cumplirse en centros especializados, lo que ha abierto debate sobre los criterios judiciales aplicados en esta resolución.
Vecinos expresan preocupación por presencia armada en el edificio
La decisión judicial ha generado descontento entre los residentes del inmueble, quienes han visto modificadas sus rutinas debido a la presencia continua de elementos armados que resguardan el lugar. La vigilancia constante, los filtros de acceso y el patrullaje en áreas comunes han causado molestias y preocupación por la seguridad de las familias.
Los habitantes también han manifestado su inconformidad ante el riesgo que representa mantener a una persona procesada por delincuencia organizada en una zona habitacional, ya que el movimiento de personal de seguridad y la atención mediática del caso han alterado la tranquilidad del vecindario. En algunos casos, se evalúan acciones legales o solicitudes formales para que la autoridad federal revise las condiciones del resguardo y determine si éstas son compatibles con un entorno residencial.










