Destapa tragedia en Temascalcingo fallas en manejo de pirotecnia
TOLUCA, Edomex., 9 de septiembre del 2026.- Luego de la tragedia que cobró la vida de 10 personas y dejó decenas de heridos en la comunidad de Santa María Canchesdá, en Temascalcingo, autoridades de los tres niveles de gobierno investigan las causas y posibles omisiones relacionadas con el incidente. De manera preliminar, el Gobierno del Estado de México informó que el estallido ocurrió por la detonación de material pirotécnico que se encontraba almacenado en un espacio utilizado como bodega, contiguo a la iglesia.
La ubicación de los artificios cobra especial relevancia frente a las disposiciones de seguridad vigentes. Días antes del siniestro, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) advirtió que la pirotecnia no debe almacenarse en viviendas, iglesias ni lugares donde permanezcan personas, además de señalar que su manejo debe realizarse únicamente en sitios autorizados y bajo medidas de seguridad. Ante la temporada en la que coinciden las celebraciones por la Independencia de México y diversas fiestas patronales, el organismo también recomendó mantener una distancia de 50 metros respecto de morteros, castillos, cohetones y bombas, así como evitar materiales combustibles o inflamables en las inmediaciones.

Posibles omisiones de funcionarios y falta de permisos pudieron facilitar la explosión
A estas disposiciones se suman las previstas en el Bando Municipal de Temascalcingo, que tampoco deja el manejo de estos productos a criterio de los organizadores. El ordenamiento señala que quienes fabriquen, almacenen, transporten, vendan o quemen artificios pirotécnicos deben cumplir con la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y demás disposiciones aplicables. Para la quema durante festividades religiosas o cívicas, además, el Ayuntamiento debe verificar que el solicitante cuente con la opinión favorable de la autoridad estatal correspondiente.
Incluso, el propio ordenamiento municipal contempla atribuciones específicas para la Coordinación de Protección Civil y Bomberos, entre ellas intervenir en la revisión de medidas destinadas a prevenir accidentes y de los sitios donde pueda desarrollarse esta actividad, con el objetivo de evitar daños a personas o bienes. El Bando también faculta a las áreas municipales competentes para realizar inspecciones, verificaciones, suspensiones, aseguramientos y clausuras cuando se detecten actividades que incumplan las disposiciones.

Funcionarios podrían enfrentar señalamientos directos en la responsabilidad de este incidente
De igual forma, a nivel nacional, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos también regula las actividades relacionadas con artificios y materiales explosivos. Por ello, la investigación tendrá que establecer si los productos utilizados en Canchesdá contaban con los permisos correspondientes y si fueron almacenados en un sitio autorizado, bajo las condiciones de seguridad establecidas. Las disposiciones federales se suman a las obligaciones municipales y de protección civil que deben observarse en el manejo de este tipo de materiales.
Por ello, además de determinar qué provocó directamente la explosión, las autoridades tendrán que esclarecer si existían permisos vigentes, quién autorizó el almacenamiento de la pirotecnia, si el inmueble fue inspeccionado antes de la celebración y si se verificaron las medidas de seguridad en una zona donde se concentraban habitantes con motivo de la fiesta patronal. La respuesta a estas preguntas podría revelar si hubo una cadena de omisiones por parte de los responsables de la celebración o de las autoridades encargadas de supervisarla.
La tragedia de Temascalcingo deja así una segunda interrogante pendiente: ya no sólo qué hizo detonar la pólvora, sino si los controles previstos para evitar un accidente de esta magnitud fueron realmente aplicados.






