El gas de Estados Unidos tiene un precio; el contrato puede costar más
Comprar más gas estadounidense puede resultar conveniente para México, sin duda. Comprometerse a comprarlo durante veinte años, bajo condiciones que no reconozcan la demanda real, puede salir mucho más caro. La diferencia está en los contratos, la capacidad de transporte y la distribución del riesgo entre proveedores y compradores.
Donald Trump planteó ampliar los acuerdos entre empresas energéticas de Estados Unidos y México e incrementar las compras mexicanas de gas natural, según información difundida por Reuters el 9 de octubre. La propuesta forma parte de las conversaciones comerciales bilaterales. Ojo; todavía no se conocen volúmenes, precios ni condiciones contractuales.
Es un hecho que, México ya depende del gas estadounidense para cubrir aproximadamente tres cuartas partes de su demanda. La Administración de Información Energética de Estados Unidos registró exportaciones por ducto hacia México de 6 mil 400 millones de pies cúbicos diarios en promedio durante 2024. En mayo de 2025 alcanzaron 7 mil 500 millones, un máximo mensual hasta entonces.
Y si, la integración ha ofrecido ventajas. El acceso al gas de Texas permite aprovechar una oferta abundante y una infraestructura de transporte desarrollada. Para la industria mexicana, disponer de combustible competitivo favorece la generación eléctrica, la manufactura y actividades intensivas en energía.
Mi preocupación no es que México compre gas estadounidense; es que una negociación comercial termine comprometiendo capital y flujos futuros sin valorar correctamente las obligaciones asumidas.
Un contrato de suministro puede establecer precios vinculados al Henry Hub, volúmenes mínimos, penalizaciones, garantías y plazos prolongados. En esquemas take-or-pay, el comprador debe pagar determinadas cantidades aunque no consuma todo el gas contratado. La cláusula facilita que el proveedor financie infraestructura y asegure ingresos, pero transfiere parte del riesgo de demanda al comprador.
Si la actividad industrial crece menos de lo previsto, las obligaciones permanecen. Es decir, una empresa puede encontrarse pagando capacidad de transporte y suministro que no utiliza plenamente. El precio competitivo de la molécula deja entonces de reflejar su costo económico efectivo.
También importa dónde se entrega.
Un precio referenciado al Henry Hub no incluye necesariamente transporte, compresión, congestión, distribución ni costos asociados a restricciones operativas. La diferencia entre el precio de referencia y el costo de entrega puede modificar sustancialmente el margen de una planta industrial.
Por eso considero indispensable evaluar el costo total puesto en destino, no solamente el precio anunciado por el proveedor.
Las garantías representan otra dimensión financiera. Los contratos de largo plazo pueden requerir cartas de crédito, garantías corporativas o compromisos de pago que consumen capacidad financiera. Si las obligaciones recaen en entidades públicas, corresponde evaluar su efecto sobre liquidez, endeudamiento y exposición contingente.
Una compra energética también debe competir con otras alternativas de inversión. Cada peso comprometido en pagos mínimos, capacidad reservada o infraestructura adicional tiene un costo de oportunidad. Ese capital podría financiar almacenamiento, interconexiones, generación, mantenimiento o proyectos productivos.
Y no estoy diciendo que los compromisos a largo plazo sean inconvenientes. Bien estructurados, pueden estabilizar costos, asegurar disponibilidad y permitir financiamiento a tasas más competitivas. Su rentabilidad depende de que los volúmenes contratados correspondan a una demanda razonablemente sustentada y de que exista flexibilidad ante cambios económicos.
Considero que México necesita capacidad para renegociar, reasignar o comercializar volúmenes cuando las condiciones lo permitan. También requiere una combinación adecuada de contratos de largo plazo y compras de menor duración. Concentrar toda la exposición en una sola modalidad puede convertir una ventaja de precio en rigidez financiera.
La negociación debe considerar además el T-MEC. El gas sostiene actividades manufactureras integradas con Estados Unidos, pero esa interdependencia no obliga a aceptar cualquier condición comercial. El valor de una relación energética estable también beneficia a proveedores estadounidenses que necesitan compradores solventes y demanda sostenida.
Desde mi perspectiva, México debería negociar sobre proyecciones verificables de consumo, capacidad efectiva de transporte, escenarios de precios y riesgos de interrupción. Cada obligación tendría que justificarse por su contribución a la competitividad y por un rendimiento económico superior al costo del capital comprometido.
El volumen anunciado de una eventual compra no demostraría por sí mismo el éxito de la negociación. Lo demostrarían menores costos efectivos, mayor confiabilidad y contratos capaces de resistir escenarios adversos.
Estados Unidos quiere vender más gas y México necesita comprarlo en condiciones que fortalezcan su industria. La diferencia entre un buen acuerdo energético y una obligación costosa puede quedar escrita en unas cuantas cláusulas.






