Transportistas de la Unión 300 cancelan la manifestación en Ecatepec
TOLUCA, Edomex., 28 de junio de 2017.- Sancionar también a los ciudadanos que incurran en actos discriminatorios y precisar las atribuciones del Consejo Antidiscriminación de la Codhem en la materia, son algunos de los objetivos de las reformas a la Ley para Prevenir, Combatir y Eliminar Actos de Discriminación en el Estado de México, promovidas por el diputado Javier Salinas.
La Diputación Permanente recibió de manera formal la iniciativa del legislador perredista, que plantea, entre otras cosas, agregar a los ciudadanos como responsables de cometer actos discriminatorios, en busca de erradicar toda conducta de esta naturaleza.
En la actualidad, la legislación mexiquense reduce su ámbito competencial a autoridades, dependencias y órganos públicos de los gobiernos estatal y municipales, y a los particulares que presten u ofrezcan servicios al público o presten algunos servicios permisionados o concesionados.
En tanto, los servidores públicos a quienes se comprueben actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias, además de las medidas administrativas y de reparación que se les impongan, quedarán sujetos a las responsabilidades en que hayan incurrido (incluso civiles o penales, si fuera el caso), en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Para garantizar que las medidas coercitivas se apliquen, la propuesta fortalece y esclarece el papel del Consejo Ciudadano para la Prevención y Eliminación de la Discriminación como ente de control social y no como un ente subordinado a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México –Codhem-.
También regula el procedimiento de sustanciación de quejas sobre actos discriminatorios, pues en la actualidad remite a la Ley que crea la Codhem abrogada el 14 de agosto de 2008 que además carece de procedimientos sancionatorios –la Comisión sólo emite recomendaciones y acuerdos de no responsabilidad, mientras la tendencia actual es sancionar a los responsables a fin de inhibir futuras conductas discriminatorias- y omite los actos discriminatorios cometidos por particulares.
Por tanto, a partir de las modificaciones, la Codhem enviará la resolución al órgano constitucional autónomo en materia anticorrupción, al contralor interno o al titular del área de responsabilidades de la dependencia, entidad u organismo público al que se encuentre o se hubiese encontrado adscrita la persona servidor público responsable, y la resolución emitida por la Comisión constituirá prueba plena dentro del procedimiento respectivo.
Si se trata de particulares, personas físicas o morales que omitan cumplir, total o parcialmente, la resolución por disposición, podrá dar vista a la autoridad competente por la desobediencia en que haya incurrido.
Las medidas administrativas y de reparación se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar.