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CIUDAD DE MÉXICO, 25 de enero de 2024.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana para que tuviera la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) de la planta de Altos Hornos de México (AHMSA).
Los ministros de la Corte negaron la protección de la justicia al sindicato, dirigido por Napoleón Gómez Urrutia y así queda vigente el laudo, dictado en 2017 y que reconoce al Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos como mayoritario y titular del contrato colectivo.
Esta resolución desecha la demanda de amparo porque no hay afectación a “la libertad de asociación de los trabajadores al no vincularlos a afiliarse o no a un determinado sindicato”, por ello la sentencia indica que “se debe declarar sin materia la revisión adhesiva interpuesta por el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos”.
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