Nace Transparencia Mexiquense y toma funciones del extinto INFOEM
TOLUCA, Edomex., 1 de octubre del 2026.- A partir de hoy nace Transparencia Mexiquense, para garantizar el acceso a la información pública y con ello se pone fin a la era del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM).
Así lo publicó esta mañana la Gaceta del Gobierno Mexiquense, al detallar que será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo estatal, con competencia en transparencia, acceso a la información y protección de datos personales de los sujetos obligados del estado y sus municipios.
Se explicó que entre sus facultades estará conocer y resolver los recursos de revisión que presenten las personas cuando no estén conformes con las respuestas de los sujetos obligados, además de imponer medidas de apremio y sanciones conforme a la legislación.

¿Qué pasa con el INFOEM?
El decreto no solamente cambia el nombre de la autoridad responsable, sino también estableció la desaparición del INFOEM y ordena la transferencia de sus recursos, expedientes, archivos, sistemas y bases de datos.
En cuanto a los asuntos que se encontraban ante el INFOEM en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, serán atendidos por Transparencia Mexiquense.
Pedir información seguirá siendo un derecho
Las solicitudes podrán presentarse a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, oficinas, correo electrónico, correo postal y otros medios autorizados. La persona solicitante únicamente deberá proporcionar los datos necesarios para recibir notificaciones, describir la información requerida y señalar la modalidad en la que desea recibirla.
La autoridad deberá responder en un plazo máximo de 20 días hábiles. De manera excepcional, podrá ampliarse hasta por otros 10 días hábiles cuando existan razones fundadas y motivadas y el Comité de Transparencia apruebe la ampliación.

Si la persona considera que la respuesta es incorrecta, incompleta o que se negó indebidamente la información, podrá presentar un recurso de revisión dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la respuesta o al vencimiento del plazo para responder.
Más información deberá permanecer disponible
La nueva ley también mantiene un amplio catálogo de obligaciones de transparencia para los sujetos obligados. Entre la información pública se encuentran las remuneraciones de servidores públicos, estructura orgánica, plazas, contratos por honorarios, declaraciones patrimoniales en versión pública, viáticos, presupuesto, deuda pública, gasto en comunicación social, auditorías y resultados financieros.
También deberán transparentarse concesiones, contratos, convenios, permisos y licencias, así como información de licitaciones y adjudicaciones, incluyendo participantes, fallos, contratos, origen de los recursos, avances físicos y financieros, terminaciones y finiquitos.
En el caso del Poder Ejecutivo y los municipios, la legislación contempla además información relacionada con presupuestos, distribución de recursos, expropiaciones, créditos fiscales cancelados o condonados, planes de desarrollo urbano, usos de suelo y licencias de construcción.










