Resuelve SCJN amparo por sobrepoblación en penal de Nezahualcóyotl
TOLUCA, Edomex., 25 de septiembre de 2026. — El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo en revisión relacionado con las condiciones de sobrepoblación y hacinamiento en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca.
Al resolver el Amparo en Revisión 310/2025, el máximo tribunal determinó que las condiciones de internamiento en este centro penitenciario representan una vulneración a los derechos humanos. El expediente señala que el penal tiene capacidad para mil 834 personas, pero en noviembre de 2025 albergaba a 5 mil 823 internos, es decir, 3 mil 989 por encima de su capacidad, lo que equivale a una sobrepoblación de 217.5 por ciento.
El plan incluirá mejoras en infraestructura y coordinación institucional
Junto con esto, el fallo establece que las autoridades estatales deberán elaborar un programa multidisciplinario e interinstitucional que contemple acciones específicas, responsables y plazos para atender el problema. Entre las medidas que podrán considerarse están la adecuación de instalaciones, la gestión de recursos presupuestales, la coordinación entre dependencias y la aplicación de beneficios preliberacionales cuando las personas internas cumplan con los requisitos legales.

La Corte también determinó que las autoridades deben adoptar medidas inmediatas para evitar que las condiciones de hacinamiento continúen o empeoren. Una vez elaborado el plan, deberán establecer un periodo razonable para ejecutarlo y presentar informes trimestrales sobre los avances ante la SCJN y el juzgado de distrito encargado de supervisar el cumplimiento de la sentencia.
La sentencia deriva de un amparo promovido en 2021 por la Defensoría Pública
Sin embargo, la resolución no implica una liberación masiva de personas privadas de la libertad. La eventual aplicación de beneficios deberá analizarse de manera individual, conforme a las disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal y las condiciones de cada caso. El objetivo es que las autoridades utilicen las herramientas legales disponibles para contribuir a reducir la sobrepoblación sin sustituir las atribuciones de los jueces de ejecución penal.
El caso se originó en una demanda de amparo promovida en 2021 por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del Instituto Federal de Defensoría Pública, que denunció las condiciones del centro penitenciario. Con esta sentencia, la SCJN reconoció la existencia del hacinamiento y estableció obligaciones para las autoridades estatales, con el propósito de atender las condiciones de internamiento y proteger la dignidad y los derechos de la población penitenciaria.











