
Se eleva inseguridad durante el gobierno de Xóchitl Flores
Toluca, Estado de México; 14 de marzo de 2022.- El Poder Judicial del Estado de México (PJEM) informó que Octavio «N», quien agredió a una docente del Plantel Dr. Ángel María Garibay (Preparatoria 5) de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx) cuando la profesora impartía una clase de inglés de forma virtual en abril de 2021, quedó en libertad.
Los hechos causaron indignación, pues la violencia de género quedó documentada en la grabación de la plataforma virtual; hubo muestras de apoyo para la profesora por parte de sus alumnos y la sociedad en general. A 11 meses de los hechos, quien fuera su pareja sentimental quedó libre, luego de que, a solicitud de las partes, de optar por un mecanismo alterno de solución de
controversias, una Jueza de Control del PJEM
aprobó la suspensión condicional del proceso.
Las condiciones impuestas a Octavio “N”, por la jueza son:
1) Residir en un domicilio, especificado en la sentencia.
2) No acercarse al domicilio laboral y al particular de la víctima. Absteniéndose de comunicarse en cualquiera de las formas con ella.
3) Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y someterse a tratamiento con una asociación civil, especificada en la sentencia, acreditando dicha condición demanera mensual.
4) Someterse a tratamiento psicológico en un centro, especificado en la sentencia.
5) Tener un trabajo lícito, como abogado litigante en un despacho, especificado en la sentencia.
6) Someterse a vigilancia judicial, mensualmente. Comparecer ante el Centro Estatal de Medidas Cautelares los primeros cinco días hábiles de cada mes.
7) Prestar Servicio Social en favor del estado o institución de asistencia pública.
8) Disculpa pública a la víctima. La que se realizó ya, en la reciente audiencia.
9) Prohibición de salir de esta entidad federativa sin autorización judicial previa.
Estas condiciones tendrán una vigencia de tres años, una vez cumplidos, podrá dictarse el sobreseimiento de la causa.
El PJEM acotó que el delito de violencia familiar, permite la resolución del conflicto con justicia restaurativa mediante acuerdo de las partes. Además, con la suspensión del proceso, la medida cautelar impuesta (prisión preventiva) a Octavio “N”, queda sin efecto.