
Identifica Harfuch a asesinos de Dante el camarógrafo de Canal 11
NAUCALPAN, Edomex., 09 de junio de 2025.- Una mujer de 96 años logró que el Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en Naucalpan, Estado de México, continúe con el juicio en el que solicita ser reconocida como beneficiaria de los derechos laborales de su sobrino fallecido, quien trabajó en la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en Colima. El juzgado desestimó un intento de la empresa para trasladar el caso a otra entidad federativa.
La decisión se tomó luego de que la CFE promoviera un incidente de competencia para que el expediente se analizara en Colima, donde el trabajador prestó sus servicios. Sin embargo, el Tribunal de Naucalpan resolvió que, por su edad y condiciones físicas, la demandante debía ser escuchada en el lugar donde inició su demanda y donde uno de los demandados tiene domicilio.
La resolución se sustentó en una perspectiva de derechos humanos, considerando la vulnerabilidad de la actora como persona adulta mayor. El tribunal citó criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que reconocen la necesidad de brindar protección especial a este grupo de población, para garantizar su acceso a la justicia sin condiciones desventajosas.
Además, se recordó que el artículo 700 de la Ley Federal del Trabajo otorga a la parte demandante la posibilidad de elegir el lugar donde desea que se tramite el juicio, ya sea el lugar de prestación de servicios, el domicilio del patrón o el lugar donde se firmó el contrato. La mujer optó por presentar su demanda en Naucalpan, y esa elección fue respetada.
El juez también señaló que los argumentos jurídicos presentados por la CFE no aplicaban en este caso, ya que se basaban en precedentes distintos, en los que el actor era el propio trabajador y no un familiar en situación de vulnerabilidad.
Con esta resolución, se confirma que el Tribunal Laboral de Naucalpan será el encargado de llevar a cabo el procedimiento especial individual 235/2025. La decisión refuerza el principio de que el acceso a la justicia debe adaptarse a las condiciones particulares de los grupos en situación de desventaja.