
Despiden a Fernandito entre clamores de justicia
CHICOLOAPAN, Edomex., 8 de agosto de 2025.- Bomberos de Chicoloapan lograron rescatar a un mono capuchino que se encontraba desplazándose entre las azoteas de varias viviendas, en la esquina de Río San Lorenzo y Paseo Costitlán, poniendo en riesgo su vida debido a la proximidad de cables telefónicos y eléctricos.
El reporte ciudadano movilizó a los cuerpos de emergencia, que desplegaron un operativo de casi una hora para asegurar al primate sin que sufriera lesiones. Finalmente, fue entregado a la Coordinación de Bienestar Animal de Chicoloapan, donde permanecerá bajo observación y recibirá atención veterinaria especializada.
Hasta ahora, las autoridades no han informado sobre su procedencia, aunque se presume que podría haberse escapado de un domicilio particular. El mono capuchino (cebus capucinus), originario de Centro y Sudamérica, es una especie protegida por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 y su posesión sin los permisos correspondientes emitidos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) constituye un delito federal.
Expertos en vida silvestre advierten que, aunque en ocasiones son comercializados ilegalmente como mascotas, los monos capuchinos no están domesticados, requieren dieta especializada y pueden transmitir enfermedades a los humanos.
Las sanciones por la posesión ilegal de fauna silvestre en el Estado de México y a nivel federal incluyen multas que pueden ir desde 50 hasta 500,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a varios millones de pesos, además de penas de prisión de hasta siete años.
Estas medidas están contempladas en la Ley General de Vida Silvestre y en el Código Penal Federal, con el objetivo de proteger la biodiversidad y evitar el tráfico ilegal de especies protegidas.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) reitera que cualquier avistamiento de fauna silvestre fuera de su hábitat debe reportarse de inmediato a su línea nacional 800-PROFEPA (800 776 3372) o a las áreas locales de bienestar animal, para garantizar su resguardo y evitar riesgos tanto a las personas como a los ejemplares.