Presentan primera etapa de plan de saneamiento del Río Lerma
TOLUCA, Edomex.,5 de junio de 2024.- Según datos de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) en nueve años el porcentaje de acuíferos sin disponibilidad del recurso en nuestro país pasó de representar el 27% en el 2011 al 42% en el 2020, condición que se ha grabado hasta la fecha.
De acuerdo con la bióloga de la UAEM, Michele Garcia, este escenario sólo se ve traducido en la reducción de los volúmenes de almacenamiento de agua y en algunos casos la desaparición de fuentes superficiales de agua.
Las imágenes que se han reproducido a nivel nacional, y en el caso particular del Estado de México con las lagunas del parque Sierra Morelos, el parque Alameda y la laguna de Zumpango sólo son resultado de esta condición y de la permanencia del fenómeno de la sequía.
Relata que los acuíferos de la entidad mexiquense, según datos del gobierno federal, en ellos el volumen de extracción de agua subterránea en el valle de Toluca es de 402 hectómetros Cúbicos por año en Valle de Bravo es de 4.7, En Texcoco de 284.5 y en Amecameca de 110 teniendo como consecuencia que la disponibilidad media anual del agua subterránea del valle de Toluca sea -128 hectómetros Cúbicos por año.
Ante esta crisis hídrica que padecemos, dijo, urge mejor la estrategia para aprovechar agua potable que tenemos.
“Si el abasto de agua es insuficiente tenemos que optimizar el recurso que tenemos todos aquellos usos de agua que no necesariamente impliquen la utilización de agua potable o de fuentes subterráneas o superficiales obtengan agua de fuentes alternativas como es la captación de agua de lluvias”.
La opción de utilizar de mejor manera el agua de lluvia podría también brindar una mejor alternativa para optimizar el recurso potable. Éste líquido podría ser utilizado para tareas de sistemas de enfriamiento riego tarea superficiales procesos de limpieza o riego de aguas.
Recordó que en la gaceta de gobierno ya está publicado el decreto que reforma la Constitución, y la ley del agua en el Estado de México qué establece que todas las instituciones de gobierno tienen y están obligadas adaptar sus edificios públicos para implementar sistemas de captación de agua de lluvias.