Mujer reportada desaparecida en Culiacán es detenida por homicidio
TOLUCA, Edomex., 03 de enero de 2018.- Tipificar la práctica de la “pornografía no consentida” que se difunde a través de las tecnologías de la información y la comunicación es necesario y urgente, ya que dará elementos de defensa a muchas personas que ven vulnerado su derecho a la privacidad, la intimidad, honor e imagen propia.
Afirmó lo anterior el titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Jorge Olvera García, ante la próxima discusión de la iniciativa que sobre el tema presentó en noviembre la fracción parlamentaria de Morena en la Legislatura local.
El ombudsperson mexiquense señaló que “es imperativo que la ley se adecúe a los contextos actuales de las conductas que lesionan a la sociedad y a sus integrantes; el caso mencionado es un ejemplo claro”.
Consideró que la iniciativa presentada por la diputada Karina Labastida va en favor de la dignidad humana y más aún cuando la propuesta es sancionar a quienes habiendo sido personas cercanas a la víctima publiquen o pongan a disposición cualquier imagen, audio o material audiovisual de contenido erótico, sexual o pornográfico, aunque de inicio éstas se hayan obtenido con el consentimiento de la víctima.
Si bien una sólida formación moral y ética debería evitar este tipo de conductas y hechos, Jorge Olvera consideró que la proliferación y naturalización de esto hace necesaria la imposición de sanciones como las propuestas: “cinco años de prisión y multa de 200 a 500 unidades de medida y actualización (UMA) a quien coaccione, hostigue o exija a otra persona la elaboración o remisión de imágenes o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico, sexual o pornográfico bajo la amenaza de revelar, publicar, difundir o exhibir sin su consentimiento el material de la misma naturaleza que previamente la víctima le haya compartido directamente o que haya obtenido por cualquier otro medio.”