Con colecta de amor, entrega Delfina Gómez alimento a 33 asociaciones
TOLUCA, Edomex., 27 de junio de 2019.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió seis medios de impugnación, entre los cuales destacaron temáticas relacionadas con la fiscalización del apoyo ciudadano a los partidos políticos, así como la nulidad de la elección de autoridades auxiliares.
Así, sobre el recurso de apelación 12, la Magistrada y los Magistrados de esta Sala analizaron la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que sancionó al partido accionante por diversas irregularidades encontradas en el dictamen consolidado correspondiente al ejercicio 2017.
Sobre la conclusión relacionada a la fiscalización de aportaciones en efectivo que exceden el monto permitido en la normatividad, la Magistrada Presidenta Marcela Elena Fernández Domínguez y el Magistrado Juan Carlos Silva Adaya coincidieron en que el partido político actor omitió cumplir con el registro de hacer tales aportaciones en depósito bancario o por transferencia, por lo que se determinó confirmar la sanción impuesta.
En lo correspondiente al juicio ciudadano 106, consideraron que la irregularidad sobre la que el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) decretó la nulidad de la elección de Delegado, Subdelegado y Consejo de Participación Ciudadana, en la localidad de San José Buenavista El Chico, municipio de Temoaya, en la citada entidad federativa, devenía indebida, al soslayarse que la causa de nulidad alegada había sido propiciada por quienes pedían la invalidez de los comicios, por lo que revocaron la sentencia del TEEM y confirmaron la declaración de validez de la elección a favor de la parte actora.