Aprueban 93 Cabildos reforma judicial local
TOLUCA, Edomex., 11 de diciembre de 2013.- “Estoy viviendo un infierno”, dice Roberto Abraham Gutiérrez de la Colina, quien durante 16 años se desempeñó como catedrático en la Facultad de Artes Plásticas de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex), y desde hace 28 meses está recluido en el penal estatal de Almoloya de Juárez, donde purga una sentencia de 55 años por el delito de secuestro con modificativa, castigo que el 31 de octubre del presente año fue ratificado por un Tribunal Colegiado de Juicio Oral.
De acuerdo a la causa penal 172/2012 que generó el Juicio Oral 19/2013, la nota de remisión emitida por la compra de un teléfono y una recarga de 20 pesos, realizada en un local de la Plaza de la Computación del Centro de Toluca, fue empleada por los tres representantes del Ministerio Público de la Procuraduría mexiquense, como su prueba ‘fundamental’, para sostener y acusar al catedrático del delito de ‘secuestro con modificativa’.
Documento que el 5 de septiembre de 2013 avaló un juez de Juicio Oral del Distrito Judicial de Toluca con residencia en Almoloya de Juárez, y procedió a dictar sentencia de 55 años de prisión y una multa de nueve mil días de salario mínimo, equivalentes a 510 mil 300 pesos en contra de Gutiérrez de la Colina.
Determinación judicial impugnada por la defensa del maestro universitario, no obstante el 31 de octubre de 2013 el veredicto emitido por el juez oral fue ratificado por tres magistrados de la Segunda Sala Colegiada Penal de Toluca del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de México.
Así como la declaración del testigo-vendedor de teléfonos (llevado por la Fiscalía a la sala de audiencia de juicio oral), el cual sostuvo que comercializó el aparato telefónico a Roberto Abraham, a quien conocía ya que vendía comida en la Plaza comercial.
Según la investigación de la Procuraduría, con dicho aparato el 2 de agosto de 2011 se realizó la llamada telefónica para que la víctima de secuestro saliera de un plantel educativo gastronómico, ubicado en la capital mexiquense e instantes después fuera interceptado, plagiado y luego asesinado “pese a que se pagó el rescate”, mencionó el Fiscal durante el Juicio.
Pruebas, entre otros elementos que obran en el expediente, como el cruce de llamadas de dicho teléfono que fue analizado por especialistas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (no hubo un segundo dictamen), los cuales detectaron, según el Ministerio Público, cómo del teléfono “comprado” por el profesor, salieron las llamadas hacia los familiares de la víctima para exigir un rescate de 3.5 millones de pesos, aunque sólo se pagaron poco más de 400 mil pesos.
Sobre esto último cabe señalar que ni los tres fiscales de la Procuraduría, ni el juez que emitió la primer sentencia lograron demostrar o comprobar que el profesor Roberto Abraham realizó alguna llamada para amenazar o pedir pago alguno de rescate y sólo tuvieron como evidencia sustancial la nota de remisión.
Es de destacar que la nota de remisión-documento registra alteraciones (borrones), no tiene el nombre del cliente-comprador, es decir del sentenciado, ni razón social o Registro Federal de Contribuyentes de la empresa que vendió el teléfono celular.
Es así como este documento alterado se constituyó como un elemento vinculatorio (indirecto) toral, entre plagiado y el hoy sentenciado Roberto Abraham Gutiérrez de la Colina, pues se asegura que cuando compró el teléfono Alcatel (con el que se hicieron las llamadas de extorsión), también realizó una recarga de 20 pesos al aparato con el que se comunicaba, ya sea con sus familiares o con su centro laboral.
Hoy, Gutiérrez de la Colina no se explica por qué en su momento, durante la etapa procesal de Investigación e Intermedia, su abogado no impugnó o intentó desvirtuar las pruebas en su contra como la nota de remisión, la “sábana” de llamadas proporcionada por la SSC y el testimonio del vendedor de celulares.
“Son referencias (nota de remisión, versión de vendedor y análisis de cruce de llamadas realizado por una analista de la SSC) que no hay prueba en contrario que le pueda quitar esa validez”, dijo uno de los magistrados durante la etapa de la revisión de la sentencia que fue ratificada (ya que en dicha etapa procesal no se pueden someter a revisión las pruebas que en su momento fueron aportadas por ambas partes).
Compra de aparato telefónico y recarga que en todo momento rechazó haber hecho el maestro de la Universidad; aunque la aseveración del vendedor de teléfonos de la Plaza de la Computación que testificó ante el juez, aseguró lo contrario.
“Yo le digo a los familiares -del secuestrado que fue asesinado- que no se dejen engañar. Yo me uno a ellos, yo hoy más que nunca quiero que se sepa la verdad, que se investigue correctamente y no que les estén presentando a personas inocentes como culpables; yo jamás en mi vida dañaría a una persona, nunca, nunca en mi vida. Hoy le ruego a Dios con toda mi alma que se haga justicia”, comentó Roberto Abraham Gutiérrez de la Colina, en entrevista telefónica desde el penal de Almoloya, a Luis Pantoja Ríos, periodista y titular de la tercera emisión del noticiero “Al Instante” de Radio Capital.
El miembro de la comunidad universitaria fue detenido en el estacionamiento de la Procuraduría, sin orden de aprehensión alguna, aseguró, ya que en un primer momento los supuestos plagiarios eran algunos miembros de su misma familia y conocidos como su ex pareja y la madre de ésta, los cuales hoy gozan de su libertad a excepción de él, que fue detenido justo cuando intentaba interponer una denuncia por la desaparición de su cuñado que horas antes había sido levantado en el Centro de la ciudad por encapuchados-judiciales que horas más tarde lo detuvieron.
«Rosario (ex novia), Doña Inés (madre de la ex novia) y Erick quedaron en libertad de forma inmediata; Alfonso (cuñado), José (desconocido) y Guadalupe están en libertad. No hay ninguna vinculación con José o con la señora Inés, en el juicio jamás la autoridad pudo comprobar alguna relación, entre nosotros, todos están libres menos yo”, dijo.