Asesinatos de políticos, un paso para terminar con la democracia: Rubén Moreira
TOLUCA, Edomex., 21 de enero de 2014.- Una vez que la integración de las Comisiones se ha aprobado por el Órgano Superior de Dirección del IEEM, éstas se encargan de vigilar el adecuado complimiento de las actividades inherentes a sus responsabilidades y atribuciones, así como de hacer las propuestas y desarrollar la normatividad necesaria para el adecuado funcionamiento del organismo electoral.
Las Comisiones Permanentes son las que por sus atribuciones requieren de un trabajo frecuente, siendo éstas: la Comisión de Organización y Capacitación, que preside el Consejero Electoral, Arturo Bolio Cerdán; la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, presidida por el Consejero Electoral, José Martínez Vilchis; la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, que encabeza el Consejero Electoral, Juan Carlos Villarreal Martínez; la Comisión del Servicio Electoral Profesional, cuyos trabajos preside el Consejero Electoral, Juan Salvador V. Hernández Flores; y la Comisión de Promoción y Difusión de la Cultura Política y Democrática, que preside el Consejero Electoral, Arturo Bolio Cerdán.
En cuanto a las Comisiones Especiales, se conforman para la atención de las actividades sustantivas del Instituto que, por su especial naturaleza, no tienen el carácter de permanentes, las cuales en su acuerdo de creación, el Consejo General debe establecer los motivos de creación, objetivos y tiempos de funcionamiento, siendo éstas: la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, que es presidida por el Consejero Electoral, Jesús Jardón Nava; y la Comisión para la Demarcación Distrital Electoral, cuyos trabajos encabeza el Consejero Electoral, Policarpo Montes de Oca Vázquez. Cabe mencionar que la Comisión Especial de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón y Lista Nominal de Electores, estuvo presidida por el Consejero Electoral, Policarpo Montes de Oca Vázquez, durante el pasado Proceso Electoral.
Cabe señalar que, por ahora, el IEEM no tiene en funcionamiento ninguna Comisión de carácter temporal pero, de ser el caso, se integraría para atender asuntos derivados de situaciones particulares o extraordinarias, casos fortuitos o de fuerza mayor que no puedan ser atendidos por las demás comisiones, y en su instauración se deberán establecer en el acuerdo correspondiente los motivos de su creación, objetivos, propósitos y tiempo de vigencia.
Asimismo, cada Comisión está integrada por tres Consejeros Electorales que son designados por el Consejo General con voz y voto, así como por los representantes de los partidos políticos, quienes cuentan sólo con voz en las sesiones que realizan, así como por un Secretario Técnico designado por el Consejo General.